Contra los vientres de alquiler
A LA EXCMA SRA ALCALDESA DE MADRID
La ASOCIACIÓN
DE MUJERES DE ORIHUELA CLARA CAMPÒAMOR, con
NIF G54223375, nos unimos a la denuncia del Partido
Feminista de España ante la Excma. Alcaldía
del Ayuntamiento de Madrid comparezco, y como mejor proceda en derecho,
DIGO
Que por medio del presente escrito vengo a formular
DENUNCIA contra el gerente, el director, los promotores y
organizadores de la feria Surrofair de gestación subrogada a celebrar los días
7 y 8 de mayo de 2016 en el Hotel Meliá, Avda de América y en horario de sábado
de 10:30 a 20:30 y domingo de 10:30 a 16:00, por
que dicha feria promocionara actividades que vulneran la legalidad española que
se detallan en el presente escrito.
La presente DENUNCIA se basa en los siguientes:
1.-La feria Sorrofair sobre gestación subrogada, va a promocionar la realización de contratos de
gestación subrogada con mujeres de otros países entre ellos los que
directamente se anuncian como Ucrania, Rusia, Grecia y EEUU. Bien a través de
que la gestación se realice en dichos países con el posterior traslado del
menor a nuestro país, en donde dicho menor al llegar se encontraría en
situación irregular, según nuestra legislación. O bien a través del
traslado de la gestante de vientre subrogado a nuestro país, en donde se
realizaría el control del embarazo.
2.- La asistencia de profesionales a nivel
internacional de otros países se debe a que dicha actividad se encuentra no legalizada en nuestro país. La
Ley 14/2006 de 26 de mayo sobre técnicas de reproducción humana asistida
(LTRHA) 22 prohíbe los contratos de los vientres de alquiler en España. Así, el
Art. 10 de dicha ley, declara nulo de pleno derecho el contrato por el que se
concierta una gestación – con o sin compensación económica - a cargo de una
mujer que renuncia a la filiación materna del hijo que concibe, a favor del que
la contrata, o incluso de un tercero. El mismo artículo en sus apartados 2º y
3º declara nulo asimismo el contrato de “gestación por sustitución”
3.- Los citados contratos de
alquiler de vientres tienen como contraprestación una cantidad económica de 50.000
a 200.000 euros. La gestación subrogada no deja de ser
una forma de mercadear con la vida humana, dado el componente económico
tan importante que tienen estos servicios.
Los vientres de alquiler suponen, ni más ni menos, que
la compra de vidas humanas y convierten a la mujer en un objeto. Los contratos
de subrogación del útero son, indiscutiblemente, una manera de explotación de
la mujer que vende o alquila su cuerpo por dinero, o por algún otro tipo de
compensación.
La maternidad subrogada, supone un riesgo real
de explotación y tráfico de personas, y un atentado contra la dignidad humana
al convertir a la mujer y a los niños en productos comerciales.
En muchos países, la subrogación se encuentra
invariablemente unida a las redes de prostitución y otras actividades
delictivas
A los presentes hechos le son de aplicación los
siguientes:
Que
estimo que
1.- La
feria a celebrar por Surrofair choca con la legalidad vigente y con los
derechos del niño.
La
feria fomenta y promocionan el delito de trata de seres humanos, previsto en el Código
Penal en su art. 177 bis. 1 y 8.
El objeto del delito es la protección de la dignidad y
la libertad de los sujetos pasivos que lo sufren.
El estado de necesidad que tienen las mujeres
sometidas a la situación de alquilar su vientre, a cambio de un precio,
no deja de ser similar a la explotación sexual. Con abuso de una
situación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima.
La
retención y el control al que se encuentran sometidas, las mujeres durante el
tiempo del embarazo. El desplazamiento que se realiza a los países de origen de
los futuros padres compradores o en todo caso el desplazamiento del menor que
según la legislación española se encontraría en nuestro estado en una situación
irregular carente de filiación con los futuros padres pues según el
art 10 la Ley 14/2006 de 26 de mayo sobre técnicas de
reproducción humana asistida la filiación en nuestro
país se determina por el nacimiento.
2.- Los
derechos del menor se ven conculcados por la falta de control a la que se
somete a los futuros padres, cuestión que no ocurre con la adopción en donde
previamente es valorada la idoneidad por organismos imparciales. Ninguna
institución hace un seguimiento de los fines para los que se desea ese niño,
que puede acabar como donante de órganos o victima de delitos de abusos o
explotación sexual.
El Código Penal, en el Art. 220. 1, 2 y 3 tipifica
como delito la entrega, intermediación y recepción de un hijo por un precio
determinado como delito cuya pena es de hasta 5 años de cárcel aunque la
“transacción” se hubiese realizado en territorio extranjero.
Art. 177 bis 8. La provocación, la conspiración
y la proposición para cometer el delito de trata de seres humanos serán
castigadas con la pena inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente Artículo 18 del CP 1. La
provocación existe cuando directamente se incita por medio de la
imprenta, la radiodifusión o cualquier otro medio de eficacia semejante, que
facilite la publicidad, o ante una concurrencia de personas, a
la perpetración de un delito.
En virtud de lo expuesto,
SOLICITO que
teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, y en su virtud
tenga por interpuesta DENUNCIA contra el gerente y los organizadores de
la Feria Surrofair por promocionar actividades ilegales y delictivas y burlan
la legalidad española; lo que no se debe de promover y facilitar por la
administración en España. Y previos trámites legales oportunos, lleve a
cabo las actuaciones necesarias para proceder a iniciar el procedimiento
sancionador contra los responsables de la infracción, impidiendo
de forma inmediata la celebración de la feria. Y en virtud de lo establecido en el artículo 11.2
del Real Decreto 1389/93, de 4 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento
del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, comunique a esta
parte las actuaciones emprendidas con motivo de la presente
denuncia.
En
Orihuela a 20 de Abril de 2016.
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